Moción contra la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de Protección
de la Seguridad Ciudadana, Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se
modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y Pacto
Antiterrosista (Leyes Mordaza).
AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA
Antonio Miguel Moreno Laguna, Portavoz del Grupo Ahora Rincón en el Ayuntamiento de Rincón de
la Victoria, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, presenta para su
aprobación la siguiente MOCIÓN CONTRA LA LEY ORGÁNICA 4/2015, de 30 de marzo,
de PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA, y la LEY ORGÁNICA 1/2015, de 30 de
marzo, del CÓDIGO PENAL Y PACTO ANTITERROSISTA por la que se modifica la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno del Partido Popular ha sancionado la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de
la Seguridad Ciudadana, en sustitución de la Ley de Seguridad Ciudadana
de 1992.
El texto de la Ley de Protección
de la Seguridad Ciudadana ha sido
redactado en paralelo a la reforma del Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y comparte su
carácter restrictivo en materia de derechos por cuanto que transforma la
mayoría de las infracciones penales tipificadas como faltas, en infracciones
administrativas de carácter muy grave, grave o leve, que llevan consigo la
perdida de Garantías Judiciales y establece la posibilidad del aumento de la
arbitrariedad gubernamental a la hora de sancionar al ciudadano.
La reforma del Código Penal
1/2015, de 30 de marzo, convierte la solidaridad en delito al modificar
la redacción del artículo 318 bis, dedicado a delitos contra los derechos de
los extranjeros para sancionar penalmente, con un amplio margen de
interpretación que se presta a discrecionalidad si no es considerada ayuda
humanitaria, a quien ayude a una persona en situación irregular.
La Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana otorga a la a
la Administración discrecionalidad a la hora de establecer sanciones sin las
garantías de un proceso judicial, habilitando por tanto un procedimiento
administrativo a modo de instrumento gubernamental, con capacidad para
conculcar los derechos democráticos básicos de libertad de expresión y de
manifestación que recoge nuestra Constitución.
La referencia específica a actos y conductas habituales en
las protestas ciudadanas, unida a la elevada cuantía de las sanciones
administrativas, que podrían llegar a los 600.000€, legaliza la criminalización
de las movilizaciones populares, al tipificar como nuevas figuras sancionables
la libre expresión verbal y pacífica de disidencia o rechazo a una acción
política como son los escraches, las concentraciones ante el Congreso y el Senado
o la escalada en fachadas oficiales.
La inclusión de la facultad de la policía a establecer
“zonas de seguridad” en perímetros urbanos, y a retirar de forma expeditiva
vehículos que taponen una vía pública, sustituye el concepto de “seguridad
ciudadana” por el de “orden público”, muy alejado de la concepción democrática
y constitucional de la seguridad en cuanto responsabilidad del Estado.
El propio Consejo de Europa, que es la institución encargada
de velar por el respeto a los derechos humanos en el continente, calificó la
propuesta original de ley como “altamente problemática”, y su responsable de
Derechos Humanos Nils Muiznieks expresó sus dudas acerca de la necesidad de
establecer estas restricciones en una sociedad democrática, que debería velar
por la seguridad sin interferir demasiado en la libertad de reunión y de
manifestación.
El partido político Ahora Rincón considera que la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de
la Seguridad Ciudadana constituye un atentado contra los derechos y libertades
democráticos al establecer procedimientos sancionadores orientados a impedir la
protesta, la crítica y la demostración cívica de desacuerdo político.
Ahora Rincón propugna que la seguridad ciudadana se basa en
la protección de las libertades públicas, y en garantizar una vida digna. La
manera más efectiva de combatir el delito es la educación y el establecimiento
de políticas integrales de reinserción por parte de unas instituciones públicas
que prioricen la reducción de las diferencias sociales, y la prevención sobre
el castigo.
Ahora Rincón EXPONE que la Ley de Seguridad Ciudadana
potencia un Estado policial, controlador y reductor de libertades públicas,
inadmisible en una sociedad democrática.
Ahora Rincón EXPONE que el nuevo Código Penal incumple
los tratados internacionales en materia de asilo y refugio suscritos por España
y vigentes en la actualidad, y contradice la Constitución de 1978 en algunos de
sus puntos al introducir conceptos como "Devoluciones en Caliente",
"Prisión permanente revisable", "Delitos por solidaridad con
personas que administrativamente no tienen los documentos en regla", que
no se ajustan a las líneas fundamentales de la Carta Magna en cuanto al
principio de resocialización de las penas, el principio de igualdad o el
principio de intervención mínima del derecho penal.
Por lo expuesto,
Ahora Rincón SOLICITA al Pleno del Ayuntamiento de
Rincón de la Victoria que adopte el siguiente acuerdo:
Primero.- Exigir al Gobierno de la Nación, la
retirada inmediata de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de
la Seguridad Ciudadana así como de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, del
Código Penal y Pacto Antiterrorista por la que se modifica la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre.
Segundo.- Solicitar al Gobierno de la Nación el
inicio de un debate consensuado entre todas las fuerzas políticas para la
actualizar la legislación del estado español en materia de seguridad ciudadana,
que incluya las reformas de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado;
la Ley Orgánica general Penitenciaria y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Todo
ello con el objetivo de reformar, con carácter integral y orientado a reforzar
el carácter preventivo de la lucha contra los delitos relacionados con la
seguridad, enfocando el análisis del delito y su contención, como un problema
social y económico que requiere un amplio trabajo de carácter transversal.
Tercero.- Dar traslado del acuerdo al Gobierno de la
Nación y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de Diputados.
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